4 min de lectura · Hipoteca
Copia de la escritura de tu hipoteca
Dónde se pide y qué copia necesitas para reclamar.
En resumen
- La copia la expide el notario que guarda la escritura, no el banco. Si tiene menos de 25 años, en la notaría donde firmaste o la que la sustituyó.
- Si tiene más de 25 años, está en el Archivo General de Protocolos. Puedes pedirla desde cualquier notaría.
- Para reclamar gastos o cláusula suelo suele bastar la copia simple: cuesta 0,60 € por folio según el arancel.
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Qué copia necesitas: simple o autorizada
En corto
La copia autorizada vale como escritura pública; la simple es informativa. Para estudiar si puedes reclamar, basta la simple.
| Copia simple | Copia autorizada | |
|---|---|---|
| Valor | Informativo, «sin efectos de copia autorizada» | Tiene la consideración de escritura pública |
| Para qué sirve | Leer las cláusulas y los gastos que pagaste | Trámites que exigen el documento con fe pública |
| Arancel por folio | 0,601012 € | 3,005061 € (la mitad desde el folio 12) |
Reglamento Notarial, arts. 221 y 224; Real Decreto 1426/1989, anexo I, número 4.
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Dónde se pide la copia de la escritura
Depende de la antigüedad: menos de 25 años, en la notaría; entre 25 y 100 años, en el Archivo General de Protocolos. Y se puede tramitar desde cualquier notaría de España.
Solo puede pedirla quien tiene derecho a ella: los que firmaron la escritura, con su DNI. Si el titular ha fallecido, los herederos necesitan el certificado de defunción, el testamento y acreditar su interés.
Reglamento Notarial, art. 222; Colegio Notarial de Madrid. Cada colegio notarial organiza su archivo y el trámite puede variar en detalles.
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Cuánto cuesta: el arancel oficial
El precio lo fija el Real Decreto 1426/1989: 0,60 € por folio la copia simple y 3,01 € la autorizada. Si la escritura tiene más de 5 años, los derechos se duplican y se suma una pequeña cantidad por año.
| Concepto | Arancel |
|---|---|
| Copia simple, por folio | 0,601012 € |
| Copia autorizada, por folio (folios 1 a 11) | 3,005061 € |
| Copia autorizada, desde el folio 12 | La mitad |
| Escrituras de más de 5 años | Derechos dobles + 0,601012 € por año de antigüedad |
Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, anexo I, número 4 (texto consolidado). A estos importes se suma el IVA.
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Si solo quieres saber qué hipoteca tienes: la nota simple
La nota simple del Registro de la Propiedad muestra las hipotecas inscritas sobre tu casa. No sustituye a la escritura, pero sirve para confirmar datos.
Se pide en el Registro de la Propiedad donde está inscrita la vivienda, en persona o por internet en la sede electrónica de los registradores. Su arancel oficial es de 3,005061 € por finca (Real Decreto 1427/1989, número 4).
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¿Te la tiene que dar el banco?
El banco debe darte copia de los contratos que firmas con él, pero cuando el contrato se firmó ante notario la norma remite a las reglas notariales. La vía segura es la notaría.
La Orden EHA/2899/2011, de transparencia bancaria, obliga al banco a entregarte tu ejemplar del contrato y una copia cuando la pidas (art. 7). Pero añade que, en las operaciones formalizadas ante notario, la obtención de copias se rige por la normativa notarial.
En la práctica, puedes pedírsela al banco y algunos la facilitan, pero si no lo hace, el camino es el notario que guarda la escritura.
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Para qué la necesitas si vas a reclamar
En la escritura están la cláusula de gastos, la cláusula suelo si la hay y, a menudo, los importes pagados. Es el documento base de la reclamación.
Mira qué se puede recuperar en gastos de hipoteca y en cláusula suelo.
Las dudas que más nos preguntan
¿Puedo pedir la copia por internet?
Pregunta en tu colegio notarial. La vía segura es acudir a cualquier notaría de España, que tramita la petición aunque la escritura esté en otra.
¿Cuánto tardan en dármela?
No hay un plazo oficial único. Si la escritura está en el Archivo de Protocolos, el trámite pasa por el colegio notarial y suele llevar más tiempo: pregunta al pedirla.
La hipoteca está cancelada, ¿sigue existiendo la escritura?
Sí. La escritura queda en el protocolo del notario aunque la hipoteca esté pagada, y puedes pedir copia igual. Además, una hipoteca cancelada también se puede reclamar.
¿Necesito la escritura para empezar a reclamar con vosotros?
No. Puedes empezar sin ella: con tu permiso la pedimos nosotros o te guiamos para hacerlo.
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Quién ha revisado esta guía
Rubén Gudino González (ICASAL n.º 3362), abogado colegiado en Salamanca que lleva casos de toda España. Ejerce derecho bancario, civil y penal y dirige las reclamaciones de Reclamar YA. Ver su perfil
La ha escrito Fran Berrocal, responsable digital de Reclamar YA (no es abogado). Esta guía explica la situación general y no sustituye al estudio de tu contrato. Si ves un error, escríbenos y lo corregimos.
Fuentes
