4 min de lectura · Hipoteca

Copia de la escritura de tu hipoteca

Dónde se pide y qué copia necesitas para reclamar.

Rubén GudinoRevisión legal: Rubén Gudino, abogado (ICASAL 3362)
Escrita por Fran Berrocal · Actualizada en octubre de 2026

En resumen

  • La copia la expide el notario que guarda la escritura, no el banco. Si tiene menos de 25 años, en la notaría donde firmaste o la que la sustituyó.
  • Si tiene más de 25 años, está en el Archivo General de Protocolos. Puedes pedirla desde cualquier notaría.
  • Para reclamar gastos o cláusula suelo suele bastar la copia simple: cuesta 0,60 € por folio según el arancel.

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Qué copia necesitas: simple o autorizada

En corto

La copia autorizada vale como escritura pública; la simple es informativa. Para estudiar si puedes reclamar, basta la simple.

Copia simpleCopia autorizada
ValorInformativo, «sin efectos de copia autorizada»Tiene la consideración de escritura pública
Para qué sirveLeer las cláusulas y los gastos que pagasteTrámites que exigen el documento con fe pública
Arancel por folio0,601012 €3,005061 € (la mitad desde el folio 12)

Reglamento Notarial, arts. 221 y 224; Real Decreto 1426/1989, anexo I, número 4.

Para reclamar, empieza por la simple. Si más adelante hace falta la autorizada para el juicio, te lo decimos.

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Dónde se pide la copia de la escritura

Depende de la antigüedad: menos de 25 años, en la notaría; entre 25 y 100 años, en el Archivo General de Protocolos. Y se puede tramitar desde cualquier notaría de España.

Escritura de menos de 25 añosEn la notaría que la firmó o en la de su sustituto o sucesor, si el notario ya no está.
Entre 25 y 100 añosEn el Archivo General de Protocolos del colegio notarial. Ahí también acaban las escrituras de notarios jubilados cuya plaza se suprimió.
No sabes qué notaría fuePuedes acudir a cualquier notario de España y tramitar la petición desde allí.

Solo puede pedirla quien tiene derecho a ella: los que firmaron la escritura, con su DNI. Si el titular ha fallecido, los herederos necesitan el certificado de defunción, el testamento y acreditar su interés.

Reglamento Notarial, art. 222; Colegio Notarial de Madrid. Cada colegio notarial organiza su archivo y el trámite puede variar en detalles.

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Cuánto cuesta: el arancel oficial

El precio lo fija el Real Decreto 1426/1989: 0,60 € por folio la copia simple y 3,01 € la autorizada. Si la escritura tiene más de 5 años, los derechos se duplican y se suma una pequeña cantidad por año.

ConceptoArancel
Copia simple, por folio0,601012 €
Copia autorizada, por folio (folios 1 a 11)3,005061 €
Copia autorizada, desde el folio 12La mitad
Escrituras de más de 5 añosDerechos dobles + 0,601012 € por año de antigüedad

Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, anexo I, número 4 (texto consolidado). A estos importes se suma el IVA.

Ejemplo de cálculo. Una copia autorizada de 20 folios: 11 folios a 3,005061 € y 9 a la mitad, unos 46,6 €. Si la escritura tiene 15 años, se duplica (93,2 €) y se suman 15 × 0,60 €: unos 102 € antes de IVA. Es un ejemplo para entender la fórmula, no un precio cerrado.

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Si solo quieres saber qué hipoteca tienes: la nota simple

La nota simple del Registro de la Propiedad muestra las hipotecas inscritas sobre tu casa. No sustituye a la escritura, pero sirve para confirmar datos.

Se pide en el Registro de la Propiedad donde está inscrita la vivienda, en persona o por internet en la sede electrónica de los registradores. Su arancel oficial es de 3,005061 € por finca (Real Decreto 1427/1989, número 4).

Ojo: la nota simple dice qué hipoteca hay, a favor de qué banco y por cuánto responde la vivienda, pero no trae las cláusulas. Para reclamar gastos o cláusula suelo necesitamos la escritura.

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¿Te la tiene que dar el banco?

El banco debe darte copia de los contratos que firmas con él, pero cuando el contrato se firmó ante notario la norma remite a las reglas notariales. La vía segura es la notaría.

La Orden EHA/2899/2011, de transparencia bancaria, obliga al banco a entregarte tu ejemplar del contrato y una copia cuando la pidas (art. 7). Pero añade que, en las operaciones formalizadas ante notario, la obtención de copias se rige por la normativa notarial.

En la práctica, puedes pedírsela al banco y algunos la facilitan, pero si no lo hace, el camino es el notario que guarda la escritura.

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Para qué la necesitas si vas a reclamar

En la escritura están la cláusula de gastos, la cláusula suelo si la hay y, a menudo, los importes pagados. Es el documento base de la reclamación.

Gastos de hipotecaLa cláusula que te cargaba notaría, registro, gestoría y tasación. Si no tienes las facturas, nos valen los importes que figuren en la escritura.
Cláusula sueloAparece como «tipo mínimo» o «límite a la variación del tipo de interés».
NovacionesSi después firmaste un cambio con el banco, necesitamos también esa escritura o documento.

Mira qué se puede recuperar en gastos de hipoteca y en cláusula suelo.

Las dudas que más nos preguntan

¿Puedo pedir la copia por internet?

Pregunta en tu colegio notarial. La vía segura es acudir a cualquier notaría de España, que tramita la petición aunque la escritura esté en otra.

¿Cuánto tardan en dármela?

No hay un plazo oficial único. Si la escritura está en el Archivo de Protocolos, el trámite pasa por el colegio notarial y suele llevar más tiempo: pregunta al pedirla.

La hipoteca está cancelada, ¿sigue existiendo la escritura?

Sí. La escritura queda en el protocolo del notario aunque la hipoteca esté pagada, y puedes pedir copia igual. Además, una hipoteca cancelada también se puede reclamar.

¿Necesito la escritura para empezar a reclamar con vosotros?

No. Puedes empezar sin ella: con tu permiso la pedimos nosotros o te guiamos para hacerlo.

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Rubén Gudino

Quién ha revisado esta guía

Rubén Gudino González (ICASAL n.º 3362), abogado colegiado en Salamanca que lleva casos de toda España. Ejerce derecho bancario, civil y penal y dirige las reclamaciones de Reclamar YA. Ver su perfil

La ha escrito Fran Berrocal, responsable digital de Reclamar YA (no es abogado). Esta guía explica la situación general y no sustituye al estudio de tu contrato. Si ves un error, escríbenos y lo corregimos.